Para desarrollar este trabajo en el territorio. la CTA de La Costa plantea a los empleadores la necesidad de ajustarse a la Ley Nº 26.476 que prevé la REDUCCIÒN de las contribuciones por 2 (dos) años para los nuevos empleos y para aquellos regularizados con ausencia total de registración:
·Extinción total de la deuda por aportes y contribuciones.
·Liberación de multas y sanciones impuestas por el trabajo no registrado tanto por la AFIP como por el MTEySS.
·Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Ley 24.241 y sus modificaciones;
·Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley 19.032 y su modificaciones;
·Fondo Nacional de Empleo, Ley 24.013 y sus modificaciones;
·Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, Ley 24.714 y sus modificaciones;
·Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, Ley 25.191.
El beneficio consistirá en que durante los primeros doce (12) meses sólo se ingresará el cincuenta por ciento (50%) de las citadas contribuciones y por los segundos doce (12) meses se pagará el setenta y cinco por ciento (75%) de las Mismas.
Ambos beneficios son acumulables.
De la misma manera, la CTA de La Costa recuerda que aquello empleadores que NO hayan REGISTRADO a los trabajadores u OMITIERAN los APORTES y CONTRIBUCIONES por un monto superior a $20.000 por mes del total de sus empleados, pueden ser denunciados PENALMENTE POR EVACION, ya que está negando a sus empleados los siguientes derechos:
·AL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL.
·AL PREAVISO POR DESPIDO.
·A LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO.
·A LA ASISTENCIA MÉDICA de una A.R.T. por Accidentes de Trabajo o Enfermedad Profesional.
·A TENER OBRA SOCIAL.
·A TRABAJAR EN UN AMBIENTE SEGURO Y LIMPIO.
·A LAS ASIGNACIONES FAMILIARES.
·AL PAGO DE LAS HORAS EXTRAS.
·A LAS VACACIONES.
·AL AGUINALDO.
·AL SEGURO DE VIDA.
·A COBRAR UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ.
Y por sobre todo.el DERECHO A UN FUTURO, al NO REALIZARLE los APORTES JUBILATORIOS que le corresponden.