Días atrás, había arremetido contra los jueces laborales, especialmente aquellos que integran la Justicia Nacional del Trabajo. En el acto indicado embistió contra los abogados laboralistas llamándolos “mafiosos”, poniendo como ejemplo máximo a Héctor Recalde, abogado de reconocida trayectoria en la defensa de los trabajadores. Dijo Macri que los abogados “convencen a los trabajadores de hacer un juicio indebido y se lo hacen ganar porque tienen armadita la cosa para llevarse la mayor parte del juicio ellos”, tildándonos de “mafiosos” a los abogados.
El agravio grosero proferido por quién detenta la primera magistratura del país es un ataque al conjunto de la abogacía laboralista, a los jueces del trabajo y, en definitiva, a cualquier defensa de los derechos de los trabajadores.
Ello ocurre a pocos días de conmemorarse el Día Nacional del Abogado Víctima del Terrorismo de Estado (el 6 de Julio) y del Abogado Laboralista (el 7 de Julio). Ambos fueron instituidos tomando como paradigma y referencia histórica la denominada "Noche de las corbatas" que aconteciera en la ciudad de Mar del Plata durante los días 6, 7 y 8 de julio de 1977.
Aquella denominación provino de los propios secuestradores y torturadores generando la desaparición de varios abogados que comprometidos con la sociedad y su profesión abogaban por trabajadores y defendían a detenidos políticos. Entre ellos, Norberto Centeno que cristalizó en la Ley de Contrato de Trabajo los principios sustanciales que orientan el Derecho del Trabajo: el principio protectorio y el de justicia social; lo que le valió su desaparición y muerte.
El agravio del presidente es también un ataque a la independencia del Poder Judicial y a la división de poderes.
En tal sentido, debemos tener en cuenta que los conflictos judiciales en el Fuero del Trabajo expresan sustancialmente reclamos individuales de trabajadores que abarcan solo una parte ínfima de los sistemáticos incumplimientos legales que se verifican en el mundo laboral. Entre ellos, como ejemplo, pueden citarse la enorme cantidad de trabajadores que no se encuentran registrados o lo están deficientemente o quienes sufren accidentes de trabajo u otros incumplimientos de sus empleadores, muchos de los cuales ni siquiera acceden a la justicia por temor a perder sus empleos precarios.
La declaración presidencial es la negación misma de los derechos laborales de los trabajadores, contradiciendo expresamente el principio constitucional que establece que “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes”.
Creemos que estas manifestaciones, conjuntamente con la agresión a los abogados, pueden traducirse en una presión explícita a los jueces del trabajo para que violen las disposiciones de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes protectorias del trabajo.
Los jueces del trabajo, por mandato constitucional y social deben ser imparciales lo que no quiere decir neutrales, puesto que su deber es el de aplicar las normas constitucionales y legales destinadas a la tutela del sector vulnerable e imponer su cumplimiento en esta sociedad desigual.