En un fallo histórico, UTRAM (Unión de Trabajadores Municipales de Santa Fe) logró que, la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Laboral, declare inconstitucionales los argumentos presentados por la Municipalidad de Santa Fe, contra el amparo interpuesto por UTRAM.
𝙀𝙡 𝙛𝙖𝙡𝙡𝙤 𝙤𝙧𝙙𝙚𝙣𝙖 𝙖𝙡 𝙚𝙢𝙥𝙡𝙚𝙖𝙙𝙤𝙧 𝙚𝙣𝙩𝙧𝙚𝙜𝙖𝙧 𝙖 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙧𝙖𝙗𝙖𝙟𝙖𝙙𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙣𝙪𝙘𝙡𝙚𝙖𝙙𝙤𝙨 𝙚𝙣 𝙚𝙨𝙩𝙖 𝙤𝙧𝙜𝙖𝙣𝙞𝙯𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙨𝙞𝙣𝙙𝙞𝙘𝙖𝙡 𝙚𝙡 𝙘𝙤́𝙙𝙞𝙜𝙤 𝙙𝙚 𝙙𝙚𝙨𝙘𝙪𝙚𝙣𝙩𝙤 𝙙𝙚 𝙖𝙥𝙤𝙧𝙩𝙚𝙨 𝙨𝙞𝙣𝙙𝙞𝙘𝙖𝙡𝙚𝙨 y lo reconoce como 𝙪𝙣 𝙨𝙞𝙣𝙙𝙞𝙘𝙖𝙩𝙤 𝙙𝙚 𝙥𝙧𝙞𝙢𝙚𝙧 𝙜𝙧𝙖𝙙𝙤, que cuenta con inscripción gremial. Expresando que posee un programa de acción en total acuerdo con lo dispuesto por el art. 5 inc d) de la ley N° 23.551, 𝙦𝙪𝙚 𝙚𝙟𝙚𝙧𝙘𝙚 𝙨𝙪𝙨 𝙙𝙚𝙧𝙚𝙘𝙝𝙤𝙨 𝙘𝙤𝙣 𝙖𝙥𝙚𝙜𝙤 𝙖 𝙡𝙖 𝙡𝙚𝙮 𝙮 𝙚𝙣 𝙙𝙚𝙛𝙚𝙣𝙨𝙖 𝙙𝙚 𝙨𝙪𝙨 𝙖𝙛𝙞𝙡𝙞𝙖𝙙𝙤𝙨.
Asevera que forma parte de la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la Provincia de Santa Fe #FESTRAM y 𝙎𝙚𝙣̃𝙖𝙡𝙖 𝙦𝙪𝙚, 𝙖𝙩𝙚𝙣𝙩𝙤 𝙖 𝙡𝙖 𝙥𝙖𝙧𝙩𝙞𝙘𝙞𝙥𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙮 𝙡𝙖 𝙙𝙚𝙛𝙚𝙣𝙨𝙖 𝙙𝙚 𝙡𝙤𝙨 𝙙𝙚𝙧𝙚𝙘𝙝𝙤𝙨 𝙙𝙚 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙧𝙖𝙗𝙖𝙟𝙖𝙙𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙧𝙚𝙖𝙡𝙞𝙯𝙖𝙙𝙖 𝙥𝙤𝙧 𝙐.𝙏𝙍𝘼.𝙈, 𝙘𝙖𝙙𝙖 𝙫𝙚𝙯 𝙨𝙤𝙣 𝙢𝙖́𝙨 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙧𝙖𝙗𝙖𝙟𝙖𝙙𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙦𝙪𝙚 𝙙𝙚𝙥𝙤𝙨𝙞𝙩𝙖𝙣 𝙨𝙪 𝙘𝙤𝙣𝙛𝙞𝙖𝙣𝙯𝙖 𝙖𝙛𝙞𝙡𝙞𝙖́𝙣𝙙𝙤𝙨𝙚 𝙖𝙡 𝙨𝙞𝙣𝙙𝙞𝙘𝙖𝙩𝙤.
Este fallo, reafirma uno de los principios Constitucionales, que en su artículo 14 bis, reconoce: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: ...organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial…”. La libertad Sindical, que el Estado Garantiza a los trabajadores, no puede ser soslayada por criterios arbitrarios, para condicionar a los mismos, en la lucha democrática por los derechos consagrados y reafirmados por la legislación Nacional e Internacional.